Gastos de notaría en una hipoteca: ¿quién los paga?

Cuando se firma una hipoteca en España intervienen diferentes profesionales y se generan varios gastos: tasación, registro, gestoría y notaría, entre otros. Saber quién debe asumir cada uno es importante para calcular correctamente cuánto dinero necesitas antes de formalizar el préstamo.

En el caso de la notaría, además, es necesario diferenciar entre los gastos derivados de la constitución de la hipoteca y los correspondientes a la compraventa de la vivienda. No todos se pagan de la misma manera.

La normativa actual establece una distribución concreta de estos costes, por lo que no basta con asumir que todos los gastos de la operación corresponden al comprador.

 

¿Quién paga los gastos de notaría de una hipoteca?

En una hipoteca constituida sobre una vivienda en España, el banco asume los gastos de notaría correspondientes a la escritura del préstamo hipotecario, además de los gastos de registro y gestoría asociados a la formalización de la hipoteca.

Por su parte, el cliente debe asumir determinados costes que no corresponden directamente a la formalización del préstamo, como la tasación de la vivienda.

Esta distribución se estableció con la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, que modificó de manera importante el reparto de los gastos asociados a la constitución de las hipotecas.

Por tanto, si estás preguntándote específicamente quién paga el notario cuando se firma una hipoteca, la respuesta dependerá de qué escritura y qué actuación notarial estemos hablando.

 

¿Qué gastos de la hipoteca paga el banco?

La entidad financiera asume, con carácter general, los gastos necesarios para formalizar el préstamo hipotecario.

Entre ellos se encuentran los gastos de notaría de la escritura del préstamo hipotecario, los gastos de inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad y los gastos de gestoría derivados de la formalización.

También corresponde al banco asumir el impuesto de actos jurídicos documentados asociado a la escritura de préstamo hipotecario, de acuerdo con la regulación vigente.

El cliente, por tanto, no tiene que asumir todos los costes que genera la constitución de una hipoteca.

 

¿Qué gastos de la hipoteca paga el comprador?

Aunque el banco asume buena parte de los gastos de formalización de la hipoteca, el comprador también tiene que afrontar determinados costes.

El principal es la tasación del inmueble, que normalmente debe realizarse antes de que la entidad pueda determinar el importe máximo que está dispuesta a financiar.

Además, hay que tener en cuenta que los gastos relacionados con la compraventa de la vivienda son diferentes de los gastos de constitución de la hipoteca. El comprador puede tener que pagar la notaría correspondiente a la compraventa, así como los impuestos y otros costes derivados de adquirir el inmueble. Por eso es importante no mezclar los gastos de comprar una casa con los gastos de formalizar el préstamo hipotecario. Conocer estos gastos y qué impuestos pagas al comprar una vivienda con hipoteca puede ayudar a preparar la operación y ahorrar la cantidad necesaria. 

La cantidad que tengas que aportar con tus propios ahorros dependerá también del porcentaje de financiación que consigas. Incluso con una hipoteca al 90%, es necesario disponer de fondos adicionales para cubrir los gastos de la operación que correspondan al comprador.

 

¿Quién paga la escritura de compraventa de una vivienda?

La escritura de compraventa y la escritura del préstamo hipotecario son documentos diferentes.

La primera recoge la transmisión de la propiedad del vendedor al comprador, mientras que la segunda formaliza la financiación concedida por el banco.

En una compraventa, el reparto de determinados gastos puede depender de lo pactado entre las partes y de la normativa aplicable. Por ello, no debe confundirse quién paga el notario de la hipoteca con quién asume los gastos notariales derivados de la compraventa.

Esta distinción es especialmente importante cuando se calcula el dinero necesario para comprar una vivienda, porque además de la entrada hay que disponer de fondos suficientes para cubrir los impuestos y gastos que correspondan.

¿La ley obliga al banco a pagar el notario de la hipoteca?

Sí, en lo que respecta a los gastos notariales asociados a la escritura del préstamo hipotecario en los términos establecidos por la normativa.

La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, establece el reparto de los gastos de formalización de los préstamos hipotecarios sujetos a dicha normativa.

Esta regulación buscó aportar mayor claridad sobre quién debe hacerse cargo de los distintos costes de la operación y evitar que el cliente tuviera que asumir gastos que corresponden a la entidad financiera.

Por ello, si vas a contratar una hipoteca, es recomendable revisar la documentación de la operación para comprobar qué conceptos se incluyen y quién debe asumirlos.

 

¿Quién paga la copia de la escritura de la hipoteca?

En este punto también es importante distinguir entre la matriz y las copias.

El banco asume los gastos notariales correspondientes a la escritura de constitución del préstamo hipotecario. Sin embargo, determinadas copias solicitadas por el cliente pueden generar un coste que corresponda a quien las solicita.

Por eso, antes de firmar, es conveniente preguntar a la notaría qué documentos se van a emitir y qué coste tiene cada uno.

En una hipoteca en España, los gastos notariales correspondientes a la escritura del préstamo hipotecario son, con carácter general, responsabilidad del banco. También corresponde a la entidad asumir otros gastos de formalización, como el Registro de la Propiedad y la gestoría, mientras que el cliente suele asumir la tasación.

Esto no significa que el comprador quede exento de todos los gastos relacionados con la adquisición de la vivienda. La compraventa y la hipoteca son operaciones diferentes y cada una genera sus propios costes.

Por ello, antes de firmar, es fundamental conocer qué gastos corresponden a cada parte y calcular el coste total de la operación para evitar que aparezcan gastos inesperados.