Seguramente has escuchado que ha entrado en vigor la nueva ley hipotecaria pero en muchos casos no sabes en que te afecta o no. Vamos a comentar hoy dos de los cambios más significativos de esta nueva ley.

COMISIONES DE CANCELACIÓN

En la antigua ley fijaba una comisión de cancelación máxima del 0,50% durante los primeros 5 años, y a partir del 5 año, del 0,25%, además no distinguía entre el préstamo fijo o variable. Con el cambio de la nueva ley se ha reducido la comisión de tipo de interés variable y se ha aumentado drásticamente en las hipotecas a tipo de interés fijo, ¿de que manera?

  • Comisiones de cancelación tipo de interés variable: en este caso se ha fijado por ley la comisión máxima en 0,25% los tres primeros años, y a partir del 3 año, al 0%, es decir, en el año 4 no te cobrarán ninguna comisión ni por amortización total ni por amortización parcial.
  • Comisiones de cancelación tipo de interés fijo: por el contrario, en los préstamos fijo durante los primeros 10 años se cobrará un 2%, y a partir del año 11, 1,50%. Por lo que, en este apartado, si ha perjudicado al cliente o ha dejado a las entidades financieras con un mayor beneficio según lo trate cada banco.

Esto es como máximo, dejando a la entidad reducirla si lo considera conveniente pero, ¿que es lo que está ocurriendo en este momento? que las entidades financieras se ciñen a la nueva ley para las cancelaciones en la hipoteca fija, perjudicando al cliente drásticamente.

REPARTO DE GASTOS ESCRITURAS

En este punto el cliente ha salido reforzado en principio, obligando a que las entidades financieras se hagan cargo de la escritura de préstamo hipotecario de los siguientes gastos:

  • Notario
  • Registro
  • Gestoría
  • AJD (actos jurídicos documentados): impuesto

Aproximadamente es un ahorro de unos 2.000 – 3.000 € en los gastos de escrituración, que permite al cliente no tener que aportarlos en un inicio. A pesar de que parece un ahorro las entidades financieras lo han repercutido en los siguientes parámetros de la hipoteca:

  • Tipo de interés: aumentando su oferta en un 0,10 – 0,15% del tipo de interés nominal del préstamo o en su defecto durante los primeros años de hipoteca aplicar un interés mayor al resto de año.

Entendemos que con la oferta hipotecaria volverán a rebajar los tipos de interés pero hasta entonces este es el panorama que nos podemos encontrar de cara al próximo año.

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